Las restricciones específicas al transporte de mercancías
peligrosas son:
de 16h a 24h (C.A. Madrid (Víspera de primer día festivo)) de 8h a 24h (Nacional, festivo, excepto C.A.Madird, de 8 a 15 h (1º de varios festivos consecutivos)) de 8h a 24h (C.A. Madrid (Último festivo de varios consecutivos)) de 8h a 24h (Galicia (Festivo))
Todos los domingos desde las 8 h hasta las 24 horas.
Además todos los vehículos de MMA superior a 7500 Kg
deberán cumplir las restricciones correspondiente, sin perjuicio de las restricciones temporales que
puedan imponerse con motivo de festividades de carácter
local.
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