Foros de discusión -> Publicaciones ( 1 de 1 )

   Foro sobre mercancías peligrosas: ADR, IMDG, IATA, RID, ADN y consejeros de seguridad

Mensaje Autor
La presente Enmienda 32-04 es aplicable a partir del 1 de enero de 2005 con carácter voluntario, entrarán en vigor el 1 de enero de 2006.

Código Marítimo Internacional de mercancías peligrosas (Código IMDG) conforme al capítulo VII del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar, 1974 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» del 16 al 18 de junio de 1980) Enmienda 32-04, aplicable a partir del 1 de enero de 2005, adoptada el 20 de mayo de 2004.

http://www.boe.es/boe/dias/2005/12/21/pdfs/SUP05_304C.pdf



También está en la web Comisión de Coordinación de MMPP:

http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/89A54F0A-6617-4CC5-B332-4C1B16F83F10/16202/CódigoIMDGEnmienda32.zip



Más normas sobre mercancías peligrosas en:

http://www.TraficoADR.com/normativa.htm


Rmte. Arturo García Cobaleda
Director de TraficoADR.com

Arturo Garcia Cobaleda
10/01/2006 22:55:07

 
Foros de discusión -> Publicaciones ( 1 de 1 )
ECOSMEP, S.L.L.* Asarau,20 - 1ºA· 12001 Castellón * Telf: 964 22 45 43 * Fax: 964 22 89 59 * E-mail:ecosmep@ecosmep.com * www.ecosmep.com
Reg. Mercantil de Castellón, Tomo 1073, Libro 637, Folio 186, Sección 8, Hoja CS-17887, Insc. 1ª - C.I.F. B-12559175
AVISO LEGAL © Ecosmep, S.L.L.