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   ACUERDOS MULTILATERALES

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Mi pregunta hace referencia al acuerdo multilateral M 218 ,"relativo al marcado (placas) de contenedores usados exclusivamente en una operación de transporte por carretera, en el cual índica que no es necesario el fijar las placas en los cuatro costados del contenedor, siempre que sean usados exclusivamente para el transporte por carretera, a excepción del transporte de mercancías peligrosas de las clases 1 ó 7. .¿Dónde puede conseguir más información de dicho acuerdo?

Gracias anticipadas.

Jose JAvier Francisco Gimeno
17/11/2010 15:09:05

Mira si te sirve en inglés, ya que creo que todavía no se ha publicado en el BOE:

http://www.unece.org/trans/danger/multi/agree.wpf/m0218e.pdf

Administrador de foro
17/11/2010 17:02:21

 
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