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   REQUISITOS PARA LA DISTRIBUCIÓN DE BATERIAS DE AUTOMOCIÓN UN2794-CLASE8

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Trabajo en un operador logístico y uno de nuestros clientes se dedica a la distribución de baterías de automoción (UN2794 – CLASE 8)
Por favor, necesitaría toda la información posible referente a la legislación y requisitos necesarios para el transporte terrestre de esta mercancía, desde el reparto capilar en furgonetas hasta la entrega en mayoristas con carga completa.
Cuando se considera ADR en el transporte terrestre: los requisitos tanto de vehículos, transportistas como de la mercancía cuando se considere ADR (si hay límite de producto por vehículo)

*En cuanto al reparto capilar en furgonetas, para la entrega al cliente final o en talleres (2-3 baterías) nos surgen también dudas:
Pueden ir las baterías sueltas sobre el suelo de la furgoneta (sabemos que su anterior operador realizaba el reparto así pero desconocemos si estaba cometiendo alguna infracción) o debe ir siempre la mercancía paletizada o acondicionada de alguna forma especial.
En fin, por favor, toda la información posible sobre el transporte terrestre de esta mercancía para realizar su distribución correctamente y evitar cometer alguna infracción.

Muchas gracias.

Un saludo.

Carlos Calvo
27/04/2015 11:28:01

Las baterías están clasificadas como UN 2794, por lo que para su transporte debes cumplir los requisitos que establece la tabla A del ADR para dicho número. Especialmente debes tener en cuenta las disposiciones especiales 295 y 598 y las instrucciones de embalaje P801 P801a.

Puedes encontrar toda la información en la ficha ADR del UN 2794: http://www.myonu.com/ONU2009.asp?ID=2059

Administrador de foro
27/04/2015 12:32:46

Buenas tardes,

Perfecto, muchas gracias por toda la información y por la celeridad en la respuesta.

Un saludo.

Carlos Calvo
27/04/2015 16:36:57

En cuanto al reparto capilar en furgonetas, cuando la mercancía no va paletizada, al llevar mercancía para 15-20 destinatarios que solicitan de 1 a 5 baterías cada uno, nos indica el cliente que la agencia de transporte que realizaba la distribución llevaba todas las baterías sueltas sobre el suelo de la furgoneta.
Entendemos que entonces habría que declararlas como ADR, verdad??
En caso afirmativo, por favor confirmarnos que distintivos tendría que llevar la furgoneta, titulación del transportista efectivo, y en cuanto a la mercancía si habría algún límite de baterías dado el tipo de mercancía (al margen lógicamente del PMA del vehículo)

Muchas gracias.

Un saludo.

Carlos Calvo
28/04/2015 10:49:07

 
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