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   Linterna y 1.1.3.6

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Buenos días a todos. Me surge una duda con la exención 1.1.3.6 en cuanto al equipamiento.

Leyendo la disposición, señala que el transporte no tendrá que cumplir el epígrafe 8.1.5 en cuanto al equipamiento del vehículo (salvo el chaleco y el calzo debido a otras normativas en materia de tráfico).

Sin embargo, si cumplirá la 8.3.4 en la que cita que los aparatos de iluminación no han de presentar superficies metálicas....

Mi conclusión, en contra de lo que se dice en la mayoría de foros etc., es que si bien no tengo obligación de llevar la linterna, en caso de disponga voluntariamente de una, esta ha de cumplir el 8.3.4.

Opiniones? Gracias

René Rodríguez Alvarez
26/01/2018 10:50:21

Efectivamente, si los tripulantes utilizan una linterna, debe cumplirse el epígrafe 8.3.4, que dice :  "Los aparatos de iluminación utilizados no deberán presentar ninguna superficie metálica capaz de producir chispas."

Administrador de foro
26/01/2018 17:38:49

Muchas gracias.

Soy formador de MMPP y consejero. Llevo 10 años formando conductores y aun ne he visto un libro editado con información correcta.

René Rodríguez Alvarez
26/01/2018 18:00:06

 
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