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   VIDA UTIL DE UN IBC

Mensaje Autor
UN IBC (GRG) DE 1000 LITROS QUE VIDA UTIL TIENE COMO MAXIMO.

LAS REVISIONES LAS PUEDE PASAR UNO MISMO Y PONER UNA ETIQUETA CON LO QUE HA REVISADO Y ARREGLADO., O LAS TIENE QUE PASAR UNA EMPRESA ESPECIALIZADA.

SI UN IBC (GRG)VA PASANDO REVISIONES PUEDE ALARGAR SU VIDA UTIL.

GRACIAS

ANTONIO SALA SOLER
03/02/2010 17:45:04

Puedes encontrar todas las respuestas que te planteas en la parte 6 del ADR, especialmetne el capítulo 6.5.4 y siguientes. Ten en cuenta que las respuestas a lo que preguntas, pueden variar en función del tipo y material del GRG, así como del tipo de revisiones que se deban realizar. Así, por ejemplo, algunas revisiones, podrás realizarlas tú y otras debérá realizarlas una Entidad Autorizada. También, por ejemplo, los GRG´s de plástico caducan a los 5 años.

http://www.ecosmep.com/ADR2009/Parte6.%20Construcción%20envases,%20embalajes,%20GRg.%20Ge,%20cisternas,%20pruebas,%20marcado,%20homologación..pdf

Administrador de foro
03/02/2010 18:13:37

Buenas tardes, si bien el 6.5.4.4 del ADR en ningun momento especifica quien debera realizar las pruebas mencionadas y que unicamente deberan de satisfacer a la AUTORIDAD COMPETENTE, el RD 551/2006 establece en su articulo 8. Envases, embalajes, grandes recipientes para granel (GRG) y grandes embalajes.
4. En su caso, las inspecciones periódicas a que hace referencia la reglamentación, serán realizadas por organismos de control que, conforme a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 12, puedan actuar en la comunidad autónoma donde haya sido realizada la inspección.
APARTADO 2 DEL ARTICULO 12. Los organismos de control serán acreditados,
autorizados y se notificarán, según se dispone en la sección
1.ª del capítulo IV del Reglamento de infraestructura
para la calidad y seguridad industrial, aprobado por Real
Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre.
Los organismos de control para realizar las distintas
actividades enunciadas, deberán estar acreditados conforme
a la norma UNE-EN 45.004 sobre criterios generales
para el funcionamiento de los diversos organismos
que realizan inspección, y cumplir con los requisitos adicionales
establecidos en los apartados I, II, III y IV, según
el caso, del anexo IV de este real decreto.
Por tanto entiendo que unicamente las OCAS son los autorizados para realizar las revisiones, Salu2

CARLOS BLANES ADROVER
17/11/2012 17:38:19

Estoy viendo que el periodo máximo de uso de 5 años desde la fecha de fabricación aparece en el 4.1.1.15, para todos los recipientes de plástico (bidones, jerricanes, GRG). En el 6.5.4 sólo aparecen los periodos máximos de pruebas.

Un saludo.

Francisco Javier Martínez Matínez
07/05/2019 11:00:45

La vida util son 5 años, pero a los dos años y medio hay que pasar una revisión en una O.C.A.

José Antonio Peña Saenz
16/05/2019 10:44:00

 
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