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   Resolucion caso practico

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Buenas tardes! Estoy empezando a ver el tema del ADR y quisiera consultar con vosotros si la aplicación del punto 1.1.3.6.3. es correcta o no.

Si se produce descarga de Liquido corrosivo Nº ONU 3265. Categoria 8 Embalaje 2. Si este producto viene en garrafas de 25 l se podrían descargar 13 garrafas (=325 l que es inferior a 333 l) sin necesidad de designacion de consejero para este tipo de operaciones.

Es asi como se plantea este tema?

INMACULADA PRADOS ALABARCE
17/03/2010 18:54:00

TU PLANTEAMIENTO ES CORRECTO.

Si es del grupo de embalaje II, pertenecerá a la categoría de transporte 2, que tiene un máximo establecido de 333. Como se trata de un líquido, la cantidad se debe considerar en litros, por lo que cualquier operación que no supere los 333 litros, independientemente de su peso, se podrá acoger a la exención por cantidad transportada por unidad de transporte (1.1.3.6), que no obliga a nombrar consejero de seguridad.

Una sóla operación de productos ADR que se reciba en cisternas o que, si es en bultos, supere los límites del 1.1.3.6 obligará a designar consejero de seguridad.

NOTA: Las operaciones que no obligan a designar consejero de seguridad, tampoco deben incluirse en el Informe Anual.

NOTA: ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA LAS UNIDADES QUE CORRESPONDAN AL PRODUCTO PARA APLICAR EL LÍMITE DE LA CANTIDAD MÁXIMA:

- para los objetos, la masa bruta en kilogramos (para los objetos de la clase 1, la masa neta en kg. de la materia explosiva; para la maquinaria y equipos, especificados en este Anejo como mercancías peligrosas, la cantidad total de productos peligrosos en ellos contenidos, en kilos o litros, según sea apropiado);

- para las materias sólidas, los gases licuados, los gases licuados refrigerados y los gases disueltos, la masa neta en kilogramos;

- para las materias líquidas y los gases comprimidos, el contenido nominal del recipiente (véase definición en 1.2.1) en litros.

Administrador de foro
17/03/2010 19:10:48

Gracias,

INMACULADA PRADOS ALABARCE
19/03/2010 10:58:55

 
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