ECOSMEP MYONU ADR ONU

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etiqueta cantidades exceptuadas

Imprimir etiqueta 10 X 10 cm


Los bultos que contengan cantidades exceptuadas de mercancías peligrosas se marcarán de forma indeleble y legible con la señalización indicada. Se mostrará dentro de dicha señalización el primer o único número de etiqueta indicado en la columna (5) de la Tabla A del Capítulo 3.2 por cada mercancía peligrosa que contenga el bulto. Cuando los nombres del expedidor y del destinatario no figuren en ningún otro lugar en el bulto, esa información deberá figurar en la señalización.

Las dimensiones de la señalización serán como mínimo de 100 mm × 100 mm.
Sombreado y símbolo del mismo color, negro o rojo, sobre fondo blanco o que haga el contraste apropiado.

* El primer o único número de etiqueta indicado en la columna (5) de la Tabla A del Capítulo 3.2 será el que se indique en este punto.
** El nombre del expedidor o destinatario será el que se indique en este punto si no se muestra en ninguna otra parte del embalaje.