Las restricciones específicas al transporte de mercancías
peligrosas son:
de 8h a 24h (Canarias (Festivo)) de 8h a 24h (Castilla-La Mancha (Festivo)) de 8h a 24h (Castilla-La Mancha (Festivo)) de 8h a 24h (Murcia y La Rioja (Festivo)) de 16h a 24h (C.Valenciana y Cataluña (Víspera de varios festivos consecutivos)) de 8h a 15h (C. Valenciana y Cataluña(Festivo), 1º de 2 festivos consecutivos)
Todos los domingos desde las 8 h hasta las 24 horas.
Además todos los vehículos de MMA superior a 7500 Kg
deberán cumplir las restricciones correspondiente, sin perjuicio de las restricciones temporales que
puedan imponerse con motivo de festividades de carácter
local.
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