El ADR establece que cada País podrá establecer
restricciones a la circulación de vehículos
que transporten mercancías peligrosas. En España
dichas competencias están asignadas al
Ministerio
del Interior y a las Comunidades Autónomas a
las que se han transferido:
Pais Vasco, y
Catalunya.
Anualmente cada órgano competente publica las restricciones
para su territorio, por lo que éstas podrán
variar según las carreteras por las que se tenga
que circular. Dichas regulaciones comprenden además
de las restricciones específicas para el transporte
de mercancías peligrosas, otras restricciones que
también deben considerarse cuando se transportan
mercancías peligrosas, por ejemplo: