nombramiento de consejero seguridad
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Hola todos, hasta ahora el nombramiento del consejero lo he enviado vía correo al órgano de la Comunidad Autónoma y al Ministerio a Madrid, simplemente con acuse de recibo. Creeis que sería mejor entregar en mano el documento para que sellen el documento y así quede constancia??? me comenta una empresa, que con el acuse de recibo no puedes demostrar, qué es lo que has enviado dentro del sello. Para el caso de la comunidad autónoma esto sería posible, pero para el caso de madrid, logicamente no. Es obligatorio entregarlo en mano o se puede enviar por correo?? muchas gracias | ARANTXA GONZALEZ 06/05/2005 13:15:12 |
Hola Arantaxa, yo laDesignación la entrego en mano en mi Comunidad Autonoma para que le pongan el Registro de Entrada y el del Ministerio lo envío con acuse de recibo y hasta ahora no he tenido ningun problema. saludos. | VICTOR PLA DARDER 06/05/2005 13:30:00 |
Otra forma de cubrirse bien las espaldas es remitir el nombramiento, o el informe anual, por correo certificado abierto. Cuando se remite un documento a la Administración, en sustitución de cualquier registro oficial, se puede presentar la documentación por este sistema, con objeto de que el funcionario de correos nos selle la copia, validando lo que remitimos a la Administración. | Administrador de foro 06/05/2005 13:57:21 |
muchas gracias!! las dos ideas me parecen buenas y así lo haré saludos | ARANTXA GONZALEZ 06/05/2005 15:10:47 |
No se si he entendido bien el problema que se a planteado pero para lo de las notificaciones creo q es suficiente con enviar las notificaciones con los datos de la empresa, chofer,... y la identificacion del consejero (DNI, yo no tengo constancia de que te sellen la notificacion y te la devuelvan sellada de la Comunidad Autonoma. Por otra parte si he oido que los informes anuales han sido devueltos y sellados en la comunidad de Cantabria. Que alguien me aclare el pequeño lio que tengo. Gracias | Jorge Ruiz Alejandro 06/05/2005 21:47:50 |
Cada Comunidad Autónoma puede establecer procedimientos específicos, dentro de su modelo organizativo, pero lo que le conviene a la empresa es poder demostrar que ha cumplido la normativa. En este sentido, lo conveniente es que la empresa cuando remita/presente las los documentos, tanto del nombramiento de consejero como el envío del Informe Anual, debe hacerlo, fehacientemente, de forma que se quede una copia de la comunicación debidamente registrada, con sello de la fecha de envío. Después es posible que la C.A. te envíe un acuse de recibo o que no, pero eso ya no importa a la empresa, que siempre podrá demostrar que ha cumplido sus obligaciones. Punto y aparte merecen algunas Comunidades Autónomas, con sus particularidades en procedimientos que, a veces, entorpecen el procedimiento habitual de las empresas. Un ejemplo claro lo tenemos cuando se pide para la comunicación del nombramiento del consejero, un modelo oficial, exigiendo, además, la aceptación del nombramiento meidante firma del consejero. | Administrador de foro 02/06/2005 23:38:32 |
Por si sirve de algo, comento mi experiencia. Al principio, tanto los nombramientos como los informes anuales, los entregaba en el registro de la Dirección General de Transportes de la Comunidad donde se encuentra ubicada la empresa y un ejemplar lo enviaba por correo certificado y con acuse de recibo al Ministerio de Fomento. Esto hasta que una auditoría medioambiental en un cliente puso una "no conformidad" porque no se podía justificar documentalmente que el contenido del envío certificado fuera el nombramiento o el informe. La única forma de demostrarlo era solicitar de la Dirección General de Transportes del Ministerio de Fomento un certificado con el consiguiente pago de tasas (muy caro). Actualmente mi procedimiento es el siguiente: Registro cuatro ejemplares en la Dirección General de la Comunidad donde radica la empresa (tanto del Nombramiento como del Informe Anual). Uno de los ejemplares se queda en el registro. Otro ejemplar me lo quedo yo para mi archivo El tercero, junto con un escrito de solicitud, lo entrego en el Registro de la Delegación de Gobierno de mi Comunidad para que lo entreguen en el Ministerio de Fomento (trámite gratuito) El cuarto, con una copia del escrito presentado en la Delegación de Gobierno, lo entrego a mi cliente. Es un trámite un poco latoso pero entiendo que es efectivo y barato. Saludos. | Manuel Pérez Marín 04/06/2005 1:08:50 |
Al respecto de lo que comentais de que os entreguen una copia sellada os transcribo el artículo 35 apartado c de la Ley de Procedimiento Administrativo. Artículo 35. Derechos de los ciudadanos. c) A obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento. Salu2. | agente agente 04/06/2005 22:36:14 |
Se me olvidaba. Cuando me presenté a Consejero, en las instrucciones de presentación de la solicitud ya figuraba el trámite expuesto por el "Administrador", el cual consistió en entregar el sobre abierto, sellándome en Corrreos una copia como resguardo y cerrando posteriormente el sobre. Saludos. | agente agente 04/06/2005 22:39:33 |
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