Relamente la sanción será por no haber comunicado el nombramiento del consejero de seguridad a las Autoridades competentes, lo que no quiere decir que la empresa no dispusiera de consejero de seguridad. En este sentido, si se ha comunicado el nombramiento del consejero fuera de plazo, pero este ya ejercía sus funciones en la empresa, no habrá ningún inconveniente en que expida el Informe Anual del 2004. Sin embargo, no tiene ningún sentido, ni consideramos procedente, que un consejero que no tenía relación con la empresa en el 2004 y que, por lo tanto, no ejerció sus funciones, que expida el Informe Anual 2004. En cuanto al recurso, si consigues esa reducción, te agradeceríamos que lo hicieras saber en este foro, pués seguro que interesará a los usuarios. | Administrador de foro 02/06/2005 23:13:58 |