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Hola a tdos:

Me gustaría saber cual es la cantidad máxima de baterías de tracción que puedo transportar para que se pueda aplicar la exención 1.1.3.6
creo que se identifica con el ONU 2794
Debería señalizar el vehículo si no excedo de los límites previstos?

BEGOÑA DELGADO DE LA CALLE
11/07/2005 12:17:14

Cuando enviamos mercancías según el 1.1.3.6 los vehículos caja no tienen que llevar placas ni etiquetas.

El UN 2794 es de la categoría de transporte 3 = 1000 de cantidad máxima total por unidad de transporte.

Gerard Torrelles Garí
11/07/2005 12:49:29

Muchas gracias
y las propias baterías? deberían estar identificadas?

BEGOÑA DELGADO DE LA CALLE
11/07/2005 12:57:55

Muchas gracias
y las propias baterías? deberían estar identificadas?

BEGOÑA DELGADO DE LA CALLE
11/07/2005 13:15:21

EL UN 2794 ACUMULADORES eléctricos DE ELECTROLITO LÍQUIDO ÁCIDO TIENEN QUE
LLEVAR LA ETIQUETA Nº 8 (CORROSIVO) Y CUMPLIR LAS CONDICIONES QUE MARCA EL
ADR PARA ESTE PRODUCTO.

RECORDAR QUE EN LA CARTA DE PORTE SI SE QUIERE APLICAR EL 1.1.3.6. DEBERA INDICAR: "Transporte que no excede de los límites prescritos en 1.1.3.6."

Gerard Torrelles Garí
11/07/2005 15:43:23

No es necesario marcar ni etiquetar individualmente los acumuladores si el palé lleva el marcaje y el etiquetado apropiado.
Lo anterior según disposciónespecial 295 de la sección 3.3

agente agente
11/07/2005 16:27:54

EL AGENTE TIENE TODA LA RAZON
MIRAR EL CAPITULO 3.3 (DISPOSICIONES ESPECIALES APLICABLES A UNA MATERIA
O A UN OBJETO PARTICULAR)
3.3.1 Dentro de este capítulo se encuentran las disposiciones especiales que corresponden a los números indicados en la columna (6) de la tabla A del capítulo 3.2 referente a las materias u objetos a los cuales se aplican estas disposiciones.
295 No es necesario marcar ni etiquetar individualmente los acumuladores si el palé lleva el marcaje y el etiquetado apropiado.
598 Los objetos aquí descritos no están sometidos a las disposiciones del ADR.
a) Las baterías nuevas, cuando:
- estén sujetas de tal modo que no puedan deslizarse, caer o dañarse;
- vayan provistas de medios de aprehensión, excepto en caso de apilamiento,
por ejemplo, en paletas;
- los objetos no presenten en su exterior ninguna señal peligrosa de álcalis o
de ácidos;
- vayan protegidos frente a cortocircuitos.
b) Las baterías usadas, cuando:
- no presenten ningún daño en sus cubetas;
- vayan sujetas de tal modo que no puedan deslizarse, caer o dañarse, por
ejemplo, al ser apiladas sobre paletas;
- los objetos no presenten en su exterior ninguna señal peligrosa de álcalis o
de ácidos;
- vayan protegidos frente a cortocircuitos.
Por "baterías usadas" se entenderán las baterías transportadas para ser recicladas a fines de su utilización normal.

Gerard Torrelles Garí
11/07/2005 16:42:10

Con lo de la disposición 598, cuidado con lo de ir protegidas frente a cortocircuitos, que se ve cada cosa que es para alucinar.
Así que en este saco intentad estibar bién las bateriás y colocad correctamente el aislante.
Salu2.

agente agente
11/07/2005 16:48:53

Os recuerdo que podéis acceder gratuitamente a toda la información sobre cualquier nº ONU, a través de la pestaña "Buscador ADR". En este caso podréis ver la disposicón especial comentada.

Para acceder a la ficha completa:

-Teclead el nºONU
-Seleccionar sobre el nº ONU, de la entrada que se corresponda con la clasificación exacta de vuestro producto/residuo.
-Seleccionad, al pie de la ficha, la forma de transporte.

Administrador de foro
11/07/2005 16:58:03

Muchas gracias,

Nos dedicamos principalmente al alquiler de carretillas elevadoras,y como actividad secundaria hacemos el mantenimiento de las máquinas en ocasiones. Dentro del mantenimiento se incluye la carga de las baterias en las máquinas diesel, esta operación la podemos hacer en nuestras instalaciones o en las instalaciones del cliente. En caso de ser en nuestras instalaciones tenemos que transportar la bateria de las instalaciones del cliente a las nuestras, según esto puede estar exento según la naturaleza de la operación?

si una batería pesa entre 750 y 1500 kg cuantas podriamos transportar para estar exentos segun 1136? a lo sumo una de 750Kg?

Si no estamos exentos que supone en nuestro caso la aplicación del ADR?

gracias

BEGOÑA DELGADO DE LA CALLE
11/07/2005 17:52:36

 
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