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Transporte de insecticidas, pesticidas

Usuario invitado
25/01/2005 23:43:34

Se lo realiza el propio agricultor se podría acoger a la exención por realizar el transporte como actividad secundaria a la principal: agricultura, si no almacena en la finca. Aún así, el límite para poder acogerse a dicha exención estará, en general, en los 333 litros.

En el caso de un aplicador, aunque se podría acoger a dicha exención, la interpretación es más complicada, puesto que se puede considerar que el transporte que realizar no es una actividad complementaria a la principal, al realizarse habitualmente. Además,en la mayoría de estos casos, el aplicador almacena en sus instalaciones los fitosanitarios, siendo responsable de la descarga cuando se los suministran, generalmente, en mayores cantidades.

Puedes ver una presentación en "power p

Administrador de foro
28/01/2005 22:48:11

sigue...

"power point" en la pestaña "consejero" que trata el tema de las exenciones.

Administrador de foro
28/01/2005 22:49:24

El transporte de Jabón potasico esta incluido tambien como fitosanitario a considerar tambien en el transpote verdad?



un saludo

manuel gonzalez
14/06/2020 22:19:11

 
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